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Voto blanco, nulo y abstención. Mitos entorno al sistema electoral español.

El 10 de noviembre de 2019 se prevé convulso por la cantidad de partidos que se presentan a las Elecciones Generales en España. Aunque muchos tendrán dudas por qué partido decantarse, es de interés general por un buen funcionamiento democrático conocer también cómo funcionan el voto en blanco, el nulo y la abstención, para que los ciudadanos indecisos o descontentos puedan ir a votar o no con un correcto conocimiento del funcionamiento de su sistema electoral. Este artículo se dispone a desgranar que efectos tienen cada una de las opciones antes descritas en el recuento de votos.

Voto en blanco.

Votamos en blanco cuando introducimos en la urna una papeleta vacía en el Congreso o no se marca a ningún candidato en el Senado. Es un voto minoritario (siempre ha sido inferior al 2%) pero valioso, ya que son personas que a pesar de no comulgar con ningún partido existente, han decidido realizar acto de presencia en su colegio electoral e introducir una papeleta vacía.

¿Quiénes suelen votar en blanco?

En mi modesta opinión el voto en blanco no procede de la alienación o de la indiferencia hacia la política, sino de la disconformidad con las opciones políticas existentes, podríamos catalogar este tipo de voto como “de protesta”, aunque no existen estudios extensivos con datos concluyentes. Las características que suelen mostrar las personas que votan en blanco son[i]:

  1. Mayor presencia de universitarios, casi 1 de cada 3 tiene título universitario, dato muy superior a la media.
  2. Suelen ser más de izquierdas (autoubicación) y jóvenes que el votante de candidaturas que se presentan.
  3. Presentan más interés en la política que los abstencionistas pero menos que los votantes de candidaturas concretas.

¿Qué efectos tiene el voto en blanco?

El sistema electoral español contabiliza los votos en blanco, esto quiere decir que los votos en blanco afectan al umbral legal, que es el porcentaje mínimo que una candidatura debe obtener para poder entrar al reparto de escaños (en las Generales es del 3% y en las municipales del 5%). Esto significa que un mayor número de votos en blanco haya en el cómputo más alta será la cifra marcada por el umbral legal, dificultando que partidos pequeños entren en el reparto. Pero veamos un ejemplo simple para comprender esta explicación en abstracto:

En las elecciones locales de un pueblo (umbral del 5%) de 400 habitantes acuden a votar 100 a votar por el Partido 1 y los 300 demás se abstienen el umbral sería de 5 votos, y los que obtuvieran menos de 5 no podrían siquiera entrar al reparto. En cambio si en este mismo caso 100 votaran por el Partido 1 y los 300 restantes votaran en blanco el umbral alcanzaría a las candidaturas que no superasen los 20 votos, es decir aumentarían en 15 votos el umbral, haciendo más difícil entrar al reparto de escaños.

Los efectos del voto en blanco solo suelen tener efectos en las circunscripciones grandes como Madrid o Barcelona. Aunque realmente en la historia de España solo en una ocasión el efecto del voto en blanco ha dejado fuera del reparto a un partido en unas Elecciones Generales. Es el caso del CDS (Centro Democrático y Social) en 1993, que se quedó a 438 votos de alcanzar el 3% en Madrid, si los votantes en blanco se hubieran abstenido o votado nulo habría obtenido un escaño a expensas del PSOE.

Voto nulo.

El voto nulo se produce cuando se realiza con un sobre o papeleta distinto al que se recoge en las mesas del colegio electoral, o cuando dentro del sobre se introduce sobres contradictorios o algún objeto ajeno a la elección (la famosa broma de introducir la loncha de chorizo en el sobre). Este voto es totalmente voluntario ya que el sistema de voto en España a las Elecciones Generales es extremadamente simple, aun así no podríamos otorgarle una característica a este voto ya que su uso va desde la sátira y la protesta hasta el desconocimiento de cómo se vota.

Abstención electoral.

El abstencionismo es un tema controvertido, y ha sido estudiado en numerosas ocasiones, aquí en Contracultura ya hemos comentado algo al respecto, y seguiremos hablando sobre ello. Podemos definir la abstención como el hecho de no acudir a votar en unas elecciones, o bien por incapacidad de ir o por no tener voluntad de acudir. Al no ser un voto no afecta en absoluto al recuento ni al umbral legal como si afecta el voto en blanco.

El hecho de abstenerse en España tiene muy mala prensa y esta socialmente mal visto, ya que gran parte de la población considera el voto como una obligación cívica en democracia, por lo tanto muchos abstencionistas tienden a ocultar que se han abstenido, esto contrasta con el crecimiento en la abstención en las últimas elecciones, solo paliado en las últimas elecciones de 2019.

Mitos y tópicos que se suelen escuchar.

Los votos en blanco se suman a la candidatura ganadora o ayudan a los partidos grandes.

Este tópico lo habremos escuchado o dicho en numerosas ocasiones, ya que el desconocimiento sobre el funcionamiento del sistema d’Hont y nuestras circunscripciones es bastante alto. Esto lleva a parte de la población a decir que “los votos en blanco se suman al partido ganador”, cuando lo que ocurre es un efecto distinto. Su efecto es el de perjudicar a candidaturas que están cerca del umbral legal (que comenté más arriba).

El voto nulo, la abstención y el voto en blanco son lo mismo.

Como he ido explicando en este artículo no son similares, quizás en algunos casos su origen sea el mismo (descontento, apatía), pero ni sus efectos son similares ni son contabilizados de forma grupal.

El voto nulo afecta al umbral legal, al igual que el blanco.

El voto nulo es un voto emitido no valido, por lo tanto aunque se contabilice no afecta en absoluto al umbral legal, no beneficia ni perjudica a nadie.

La ley d’Hont es injusta, roba los escaños a los partidos pequeños para dárselo a los grandes.

Este tópico es más complicado y extenso de explicar. El sistema electoral se fundamenta en cinco elementos[ii]:

  • Circunscripción. Por regla general tiene una base territorial, es el conjunto de votantes  que entrarán en la operación  de asignación de escaños.
  • Prorrateo. Es el sistema en el que los escaños se reparten por el territorio, los hay demográficos (se reparten en función de la distribución poblacional en el país), territoriales (se otorgan los mismos escaños a todos los territorios) y mezclas de ambos.
  • Fórmula electoral. La formula es el proceso matemático para traducir los resultados electorales en escaños, las hay mayoritarias (EEUU o Inglaterra) o proporcionales (España), dentro de las proporcionales hay distintas fórmulas más representativas y otras que lo son menos. D’Hont está dentro de las proporcionales y será explicada en más profundidad más adelante.
  • Forma de voto. Con forma de voto nos referimos a como son las papeletas con las que se votan, si hay listas abiertas o cerradas, a más abiertas los ciudadanos tendrán más libertad de elegir a sus representantes. Cuanto más abiertas sean las listas más complejo puede llegar a ser el voto, y podría aumentar el número de votos nulos.
  • Umbral legal para conseguir representación. Lo comenté más arriba, es el porcentaje mínimo que una candidatura debe obtener para poder acceder al reparto de escaños.

D’Hont es una fórmula que si que favorece a los partidos mayoritarios, pero en el caso español la “culpable” de la desproporción entre votos y escaños que han tenido partidos como IU históricamente ha sido la circunscripción. España está dividida en circunscripciones que son mayoritariamente pequeñas, en las que se reparten menos de 5 escaños (más de la mitad son así). Y en esas circunscripciones no importa que formula se use porque suelen vencer los dos partidos mayoritarios, por lo que los votos a partidos pequeños que allí se presentan suelen ser inservibles electoralmente. Allí donde si hay mayor proporcionalidad en el voto y los escaños suelen ser las ciudades más pobladas como Madrid o Barcelona, donde los partidos pequeños hacen más hincapié en campaña, porque saben que es donde se juegan los pocos escaños que pueden obtener.

Para finalizar podemos ver que pese a que la formula d’Hont (es una fórmula, no una ley) favorece a partidos grandes, el problema de España electoralmente reside en que el tamaño de las circunscripciones es demasiado pequeño para que el reparto sea proporcional.


[i] Piedras de Papel (2015) Aragón es nuestro Ohio: El hombre del Tres.

[ii] Piedras de Papel (2015) Aragón es nuestro Ohio: El hombre del Tres.

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